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La legislación europea define dos categorías de vinos:
• vinos de mesa, que es la categoría más baja.
• VCPRD (Vinos de Calidad Producidos en Regiones Determinadas)
La legislación española, en cambio, contempla cuatro categorías:
• vino de mesa, de calidad corriente.
• vino de la tierra.
• DO (Denominación de Origen), que corresponde a la categoría más sencilla entre los vinos de calidad.
• DOC (Denominación de Origen Calificada). |
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